Sunday, June 6, 2010

ELISA CARRIO: MUJER SIN CONVICCIONES

Fuente: pagina 12 - Horacio Verbirzky

Mujer sin convicciones

Elisa Carrió consideró vejatorio el secuestro de prendas íntimas de los hijos de Ernestina Herrera de Noble para analizar su ADN y establecer su identidad y “fascismo puro” la ley 26.548 que estableció la validez de ese tipo de pruebas no invasivas. También afirmó que los hijos de la viuda de Noble eran los hijos de todos. Pero en octubre de 2003, Carrió había sido una de las primeras firmantes de un proyecto de declaración de su colega Marcela Bordenave, que defendió la extracción compulsiva de sangre para realizar ese análisis. La Corte Suprema había sostenido que el Estado no podía disponer la extracción compulsiva de sangre de Evelyn Vázquez Ferrá (nacida en la ESMA, pero en el momento del fallo mayor de edad), quien se negaba al análisis por temor a que perjudicara al matrimonio que la había criado. Carrió sostuvo entonces que las violaciones sistemáticas a los Derechos Humanos ocurridas entre 1976 y 1983 exigían “una búsqueda comprometida de la verdad histórica como paso previo a una reconstrucción moral del tejido social y de los mecanismos institucionales”. Además del derecho de los familiares de las víctimas mencionó el de la sociedad a conocer la verdad, que debía prevalecer. En agosto de 2009, la Corte Suprema de Justicia ratificó en el caso de Emiliano Matías Prieto y Guillermo Gabriel Prieto que no podían ser forzados a someterse a la extracción sanguínea pero admitió la toma de ADN desprendido del cuerpo, en cabellos, cepillos de dientes o prendas íntimas. El fallo de Cámara en esa causa (“Gualtieri Rugnone de Prieto, Emma Elidia y otros”) fue redactado antes de dejar la justicia por Gabriel Cavallo, quien ahora se opone como abogado a aquello que decidió como juez. Ése criterio fue reproducido por la ley sancionada en noviembre de 2009 como consecuencia de un acuerdo entre el Estado nacional y Abuelas de Plaza de Mayo ante el sistema interamericano de protección a los Derechos Humanos, al que ahora las Abuelas han recurrido en defensa del Banco, con el asesoramiento del CELS. Carrió, que en 2003 apoyaba la extracción compulsiva, se opone ahora a métodos que según la Corte Suprema son más respetuosos de la intimidad. Los casos no son idénticos. Policarpo Vázquez había anotado a Evelyn como hija propia. En cambio Ernestina Herrera inscribió a Felipe y Marcela como adoptados, aunque ya se ha demostrado en la causa la irregularidad del trámite. Otra diferencia es que Policarpo Vázquez era un suboficial retirado de la Armada y Ernestina Herrera la principal accionista del Grupo Clarín.





Las adopciones


En diciembre de 2002 el juez federal Roberto Marquevich ordenó la detención de la señora de Noble, basado en las irregularidades comprobadas en los dos expedientes de adopción. El que corresponde a Felipe, sostiene que la madre, Carmen Luisa Delta, lo puso a disposición del tribunal de menores Número 1 de San Isidro, el 7 de julio de 1976. Ese mismo día, su titular, Ofelia E. Hejt, ordenó su entrega a la editora periodística, sin disponer ningún estudio ambiental ni determinar el lugar y las circunstancias del nacimiento de la criatura. La misma conducta siguió en el caso de Andrés La Blunda, de dos meses, que el Ejército dejó en casa de un vecino el 20 de abril de 1977 luego de secuestrar a sus padres, que nunca reaparecieron. De inmediato, la jueza lo entregó a una hermana del vecino. Según los archivos de ese tribunal, en todos los otros casos que la misma jueza atendió entre 1975 y 1978, las guardas provisorias se concedían recién al cabo de varios meses, que se empleaban en investigar tanto a los padres como a los adoptantes. Además de estas llamativas excepciones, Marquevich comprobó que la señora Delta no existía y que el número del documento de identidad mencionado correspondía a un hombre. En el caso de la niña, la investigación figura como realizada, pero los datos son falsos. La señora Herrera declaró que la bebita había aparecido en el jardín de su casa en las Lomas de San Isidro el 2 de mayo de 1976. Ofreció como testigos a la vecina de al lado y al cuidador de la casa de la vecina. En el expediente de adopción de 1976, vecina y cuidador confirmaron esa versión. Pero el 6 de mayo de 2001, Roberto Antonio García, entonces de 85 años, declaró ante Marquevich que nunca fue cuidador de esa casa ni vivió en Lomas de San Isidro. En cambio durante casi 40 años condujo el auto de Roberto Noble primero y de su viuda después. Tampoco la presunta vecina vivía allí, según declaró su nieta y confirmó la Policía Federal. Por último, el juez también corroboró otra afirmación del chofer, con informes del Registro de las Personas y de la Cámara Electoral: que tampoco la señora de Noble vivió nunca en la dirección de Lomas de San Isidro que figura en el expediente de adopción. Ese domicilio sirvió para elegir el dadivoso juzgado de Ofelia Hejt, quien murió antes de declarar en esta causa. En la adopción los niños recibieron los apellidos Noble y Herrera, pese a que Roberto J. Noble había fallecido una década antes.

 

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